¡Ojo!
Este contenido quedará obsoleto el 1 de junio de 2021, cuando entre en vigor la nueva estructura de peajes de acceso y cargos y las nuevas tarifas eléctricas.
Puedes leer más sobre este cambio en nuestro blog.
Facturas sin trampas
Las facturas de la luz suelen ser engorrosas y difíciles de entender. Por si fuera poco, muchas comercializadoras añaden servicios adicionales de dudosa utilidad, descuentos que encubren precios abusivos, permanencias de contrato y sobrecostes.
En la factura se pagan muchos conceptos distintos, pero en las de Energética solo encontrarás los obligados por ley. Te explicamos línea a línea cómo entender nuestra factura.
Resumen de la factura y el consumo
En la primera página encontrarás el número de factura, un resumen de los conceptos facturados, el periodo de facturación, los datos de la persona titular y los de pago, entre otros.
A continuación encontramos una tabla que muestra el consumo de electricidad facturado (separado en periodos en caso de que cuentes con discriminación horaria) y una gráfica que te permite comparar el consumo en los últimos meses.
Por último, encontrarás los datos del contrato (que incluye el CUPS, número que identifica el punto de suministro, la potencia contratada y el tipo de tarifa). También verás información sobre tu empresa distribuidora (la propietaria del cableado eléctrico y tu contador) y su número de teléfono, que podrás usar en caso de averías.
Conceptos facturados
En la segunda página encontrarás desglosado a qué se destinan los costes de la factura (costes de producción, costes regulados por el Estado e impuestos aplicados), y el desglose de los conceptos facturados, que te explicamos en detalle a continuación.
1) Facturación por potencia contratada
La potencia contratada es la potencia máxima que puedes utilizar en un instante determinado y se expresa en kW (kilovatios).
Para calcular su importe se multiplica la potencia contratada por el término de potencia por el número de días facturados:
Ejemplo: 3,45 kW x 38,043426 €/kW/noche y año x 24/365 días = 8,63 €
Energética no aplica margen comercial a este término, cobramos lo mínimo establecido por la legislación. Otras comercializadoras sí aplican margen comercial a este término.
2) Facturación por la electricidad utilizada
Es la energía que has consumido en el periodo facturado y se expresa en kWh (kilovatios hora).
Para calcular su importe se multiplica la energía consumida por el término de energía por el número de días facturados. Tu factura puede tener uno o, como en este ejemplo, dos o más periodos dependiento de tu tarifa.
Ejemplo:
(P1) 49 kWh x 0,161 €/kWh = 7,89 €
(P2) 65 kWh x 0,082 €/kWh = 5,33 €
3) Impuesto de Electricidad
Actualmente el impuesto sobre la electricidad es 5,11269% sobre la suma de los dos conceptos anteriores: el término de potencia y el término de energía.
Este impuesto ha sido muy criticado porque sobre él se aplica un segundo impuesto, el IVA, y además el importe que se recauda tiene destinos muy distintos a su intención original, ser un recargo en concepto de «coste específico asignado a la minería del carbón».
4) Alquiler de contador
El contador de la luz no es tuyo ni de Energética: es propiedad de la empresa distribuidora, que cobra un alquiler cuyo importe está regulado por ley y que repercutimos en tu factura sin alteraciones.
5) Bono Social
Todas las comercializadoras están obligadas (RD 7/2016) a sufragar el coste del Bono Social en función del número de contratos que tengan. Algunas comercializadoras incluyen ese coste en el término de energía que te cobran: en Energética queremos hacer visible que se trata de un coste separado y que nuevamente repercutimos sin modificar. Se calcula multiplicando 0,02 €/día x número de días facturados.
Resulta injusto que la ley obligue a contribuir de la misma manera a una fábrica que a un usuario doméstico, que no siempre resulten beneficiarias del bono social las personas más necesitadas y que, además, solo cinco empresas del oligopolio eléctrico puedan ofrecer tarifas con bono social a sus clientes.
6) IVA
A todas las cantidades anteriores se les repercute el 21% de IVA, según establece la normativa. Se trata del tipo general de IVA, un porcentaje sin duda muy elevado e impropio para un bien de primera necesidad como es la electricidad.
7) Donativo Voluntario (exento de IVA)
Cuando contratas la electricidad con Energética puedes elegir hacer un donativo voluntario de un céntimo de euro por kWh consumido que destinamos a promover los fines sociales de la cooperativa.
Ejemplo: 0,01 €/kWh x 114 kWh = 1,14 €
Para una vivienda con el consumo medio de los socios y socias de Energética, el céntimo voluntario supone 1,55 € al mes, exento de IVA. Por supuesto, puedes optar por no incluir este donativo en tu factura o, si lo elegiste en su momento, eliminarlo cuando quieras.
Origen de la electricidad e impacto ambiental
Sin duda la tercera y última página de la factura es la que nos permite estar más orgullosas y orgullosos. En ella puedes comparar el mix del sistema eléctrico español (con los porcentajes de producción que suponen las nucleares, el carbón, el gas natural, la cogeneración, etc.) con la que comercializamos: 100% renovable, y con Certificados de Garantía de Origen que así lo avalan, que puedes consultar utilizando el enlace al final de la página.
Además, también puedes comparar los kilos de CO2 emitidos y los miligramos de residuos radioactivos generados por cada kWh producido: en ambos casos, nuestro impacto es cero.